¿En qué consiste el servicio?
Si requiere que la Superintendencia Nacional de Salud como instancia supletoria, emita un fallo en derecho sobre algún conflicto, controversia y/o circunstancia que vulneran su derecho en salud o la correcta destinación y utilización de los recursos del SGSSS
¿Cuáles son los requisitos?
La demanda puede presentarse en causa propia mediante un escrito cumpliendo los requisitos legales descritos a continuación o a través de un abogado debidamente apoderado.
El escrito de la demanda debe contener:
- Debe contener los datos completos del demándate y/o apoderado, como nombres y apellidos, identificación, dirección, teléfono fijo, teléfono celular y correo electrónico.
- El objeto de la petición en forma clara y precisa.
- El asunto de la competencia que lo motiva.
- El derecho que se considera violado.
- Narrar de manera clara las circunstancias de tiempo, modo y lugar.
- La relación de documentos que anexa en la demanda y puede hacer valer como prueba.
- Se deberá manifestar bajo la gravedad de juramento que no ha presentado otra acción judicial sobre los mismos hechos y derechos.
- Quien actúe en calidad de representante legal deberá acreditar tal condición con el documento idóneo correspondiente.
- Firma del demandante.
Este servicio está dirigido a:
Personas naturales y jurídicas, entidades promotoras de Salud, entidades territoriales de salud, entidades gubernamentales e instituciones prestadoras de servicio de salud.
¿Cómo se puede acceder a denunciar?
Para facilidad de los usuarios, se dispone de los siguientes los canales y medios institucionales para remitir los documentos, anexos y/o pruebas que acompañen la solicitud de demanda:
¿Qué necesita para para realizar su trámite?
Casos en que los procedimientos, actividades e intervenciones incluidas en el POS son negadas por las Entidades Promotoras de Salud EPS o entidades que se les asimilen, poniendo en riesgo o amenazando la vida del usuario.
¿Cuáles documentos necesita presentar?
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía del solicitante.
- Copia de la historia clínica y/o prescripción del médico tratante.
- Si es posible, copia del formato de negación de servicios de salud y medicamentos.
Se presenta cuando el usuario tiene que asumir gastos en los siguientes eventos:
•
Atención de urgencias en de ser atendido en una IPS que no tenga contrato con la respectiva EPS donde se encuentra afiliado el usuario.
Nota: De acuerdo con el articulo 67 de la Ley 715 de 2001, se garantiza la atención inicial de urgencias en cualquier IPS, la cual no puede cobrar estos servicios al usuario. No obstante, si los cobra, el usuario podrá solicitar.
•
Cuando el usuario haya sido autorizado expresamente por la EPS para una atención específica.
•
En casos de incapacidad, imposibilidad, negativa injustificada o negligencia demostrada de la EPS para cubrir las obligaciones para con los usuarios.
¿Cuáles documentos necesita presentar?
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía del solicitante.
- Copia de la historia clínica elaborada por la IPS donde fue atendido, con ocasión de la patología por la cual reclama y/o prescripción del médico tratante.
- Copia de la factura (s) donde conste el pago efectuado.
- Pruebas que acrediten la negativa injustificada de atención o si es posible, copia del formato de negación de servicios de salud y medicamentos.
Eventos en que el usuario registra afiliación en varias EPS.
¿Cuáles documentos necesita presentar?
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía del solicitante.
- Copia de la solicitud de retiro de la EPS es que se encontraba inicialmente afiliado.
- Copia del formulario de afiliación de la EPS elegida por el solicitante.
Se presentan en los siguientes eventos:
•
Limitaciones o restricciones de la EPS o la IPS respecto del derecho de libre elección por parte del usuario.
•
Restricciones o barreras relativas a afiliación y traslados entre EPS.
¿Cuáles documentos necesita presentar?
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía del solicitante.
- Copia de formulario de afiliación.
- Copia de solicitud de traslado (novedad).
- Copia de la respuesta de negación por parte de la EPS.
Tiene que ver con las devoluciones o glosas de facturación entre entidades del SGSSS.
¿Cuáles documentos necesita presentar?
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía del solicitante.
- Prescripción del médico tratante del: servicio médico. Examen, insumos, procedimiento NO POS.
- Copia de formulario de Solicitud de Autorización (del servicio médico. Examen, insumo, procedimiento NO POSS) ante Comité Técnico Científico.
- Acta o respuesta del Comité Técnico Científico, si la hay.
- Copia de la Historia Clínica de la patología por cual reclama.
Versa sobre las controversias entre las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios y/o entidades que se le asimilen.
¿En qué consiste el servicio?
Si usted como persona natural o jurídica necesita solucionar alguna controversia o conflicto que no permita atender sus obligaciones dentro del Sistema de Salud, afectando el acceso efectivo de los usuarios al servicio de salud puede solicitar a la Superintendencia como autoridad administrativa para actuar como conciliadora, intermediaria, orientadora y colaboradora en todas las materias susceptibles de transacción, desistimiento y aquellos que expresamente determine la ley.
De manera que el convenio al que se llega como resultado del acuerdo de conciliación es obligatorio y definitivo para las partes, y el acta que lo contenga presta mérito ejecutivo y hace tránsito a cosa juzgada.
Este servicio está dirigido a:
Personas naturales y jurídicas, entidades aseguradoras, prestadores de servicios de salud, entidades territoriales de salud, entidades gubernamentales y órganos de control.
¿Cuáles son los requisitos?
Requisitos Generales:
-
Solicitud de Conciliación.
-
Carta otorgamiento poder Conciliación extrajudicial en derecho.
-
Certificado de existencia y representación legal. Documento expedido por la Cámara de Comercio del domicilio de la persona jurídica de derecho privado.
-
Documento de representación. Ley, Decreto u Ordenanza que crea la entidad, junto con la Resolución de Nombramiento y el Acta de Posesión del representante legal. Estos documentos solamente son expedidos para las personas de derecho público.
-
Constancia de traslado. Copia de la petición de conciliación previamente enviada al convocado, en donde conste que ha sido efectivamente recibida por el representante legal o por quien haga sus veces, tal como guía de envío por empresa de correspondencia, planilla de entrega, sello de recibido.
-
Certificación Financiera. Documento suscrito por el representante legal y el contador o revisor fiscal de la Entidad Con ella se deberá adjuntar copia de la tarjeta profesional y cédula de ciudadanía del contador y/o revisor fiscal que emitió la certificación.
-
Acta o certificación suscrita por el secretario técnico del comité de defensa judicial y conciliación. Documento por el cual las entidades de derecho público del orden nacional, departamental, distrital, los municipios que sean capital de departamento y los entes descentralizados de estos mismos niveles, autorizan al representante legal para acceder a la Función de Conciliación de la Superintendencia Nacional de Salud, señalando las entidades responsables de pago que serán convocadas junto con los valores que serán objeto de conciliación. Se deberá facultar al apoderado de la entidad para conciliar total o parcialmente, aceptar glosas, condonar intereses o para cualquier otro evento que pueda afectar el valor pretendido.
-
COPIA EN MEDIO MAGNÉTICO DE LA FACTURACIÓN PRETENDIDA EN CONCILIACIÓN. Relación de la facturación objeto de conciliación en formato Excel, en donde se incluya la evidencia que la misma fue cargada en la plataforma PISIS del portal SISPRO del Ministerio de Salud y Protección Social, conforme lo señalado en la Circular 030 de 2013.