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Servicios de la Función Jurisdiccional y de Conciliación

Fecha de actualización, Inmediatamente
 
 

A continuación encontrará los servicios prestados por la Delegatura para la Función Jurisdiccional y Conciliación de la Superintendencia Nacional de Salud.

SOLICITUD DE DEMANDA QUE INVOLUCRA GARANTÍAS Y DERECHOS DE LOS USUARIOS

¿En qué consiste el servicio?

Es el trámite judicial que pueden adelantar todos los ciudadanos, y en general los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud- SGSSS ante la Superintendencia Nacional de Salud, presentando una demanda en los asuntos establecidos en el Artículo 41 de la Ley 1122 de 2007 modificado por el Artículo 6 de la Ley 1949 de 2019.

Tenga en cuenta que presentar una demanda es diferente a formular una petición, queja o reclamo.​​

Puede hacer seguimiento a la demanda jurisdiccional ingresando el radicado en el siguiente enlace:


Agendamiento de cita virtual para consultar el estado de un proceso ya radicado o aclarar inconvenientes para notificarse por estado:

En este servicio usted puede reservar una cita virtual a través de la aplicación Teams con un funcionario de la Delegada para la Función Jurisdiccional y de Conciliación únicamente para conocer el estado de un proceso ya radicado o aclarar inconvenientes para notificarse por estado.


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SOLICITUD DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL EN DERECHO

¿En qué consiste el servicio?

Si usted como vigilado o como persona natural, necesita solucionar alguna controversia o conflicto que no permita atender sus obligaciones dentro del Sistema de Salud, afectando el acceso efectivo al servicio de salud puede solicitar a la Superintendencia Nacional de Salud, como autoridad administrativa para actuar como conciliadora, intermediaria, orientadora y colaboradora en todas las materias susceptibles de transacción, desistimiento y aquellos que expresamente determine la ley.

Se debe tener presente que la Superintendencia Delegada para la Función jurisdiccional no ejerce funciones de Inspección Vigilancia y Control, ni es competente para ejecutar las actas de conciliación que ante ella suscriban. ​​

¿Qué es la conciliación extrajudicial en derecho?

Es un mecanismo alternativo de solución de conflictos, por medio del cual las partes resuelven directamente sus controversias con la ayuda de un tercero neutral, calificado y autorizado denominado conciliador, quién además de proponer fórmulas de acuerdo, da fe de la decisión de arreglo e imparte su aprobación.

Conforme a esta función de administrar justicia de manera transitoria, en los términos que determine la Ley, el conciliador genera un acuerdo que es obligatorio y definitivo para las partes, cabe resaltar que al acta de conciliación presta mérito ejecutivo y hace tránsito a cosa juzgada.


Este servicio está dirigido a:

Personas naturales y jurídicas, entidades aseguradoras, prestadores de servicios de salud, entidades territoriales de salud, entidades gubernamentales y órganos de control.


¿Qué debe contener la solicitud de conciliación?

De acuerdo con lo establecido en el artículo 38 de la Ley 1122 de 2007, la Función de Conciliación de la Superintendencia Nacional de Salud se encuentra regulada por la Ley 640 de 2001. Sin embargo, por la naturaleza propia de las conciliaciones adelantadas ante esta Superintendencia Delegada, es necesario aplicar las normas que regulan el Sistema de Salud, ya que con ello se propende por la legalidad de los acuerdos conciliatorios, dada la complejidad técnica y jurídica de la generación, destinación, recaudo, giro, administración, custodia y aplicación de los recursos financieros del sector salud.

Por ello, es necesario que la solicitud de conciliación cumpla con los siguientes requisitos generales:


¿En qué consisten Pre y Jornadas de Conciliación?

Desde el año 2009, la Superintendencia Delegada para la Función Jurisdiccional y de Conciliación ha venido realizando Jornadas de Conciliación Extrajudicial en Derecho con la red de prestadores del territorio nacional, con el fin de facilitar espacios de concertación que permitan a las IPS y/o ERP de los departamentos, llegar a solucionar las controversias generadas por el no pago de los servicios de salud prestados a los usuarios.

El desarrollo de las Pre Jornadas permite a la Superintendencia la recepción de solicitudes de conciliación suscritas por las IPS acreedoras del pago de servicios de salud eventualmente insolutos, así como para la verificación de la documentación requerida con anterioridad a las entidades responsables de pago para obtener fórmulas de arreglo concretas para el saneamiento de la cartera morosa evidenciada en la Plataforma PISIS Portal SISPRO del Ministerio de Salud y Protección Social, con ocasión del reporte establecido en la Circular 030 de 2013.

¿A través de qué canales se puede presentar una solicitud de conciliación?

Para presentar la demanda podrá utilizar solo uno de los siguientes canales habilitados:


Consulte aquí la agenda de Pre y Jornadas de Conciliación.




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Superintendencia Nacional de Salud

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